El Supremo declara la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa de Bankinter por falta de transparencia

por Carlos Lopez

El Supremo declara la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa de Bankinter por falta de transparencia 4

Otro golpe más para la banca y su falta de transparencia. En este caso el Tribunal Supremo ha estimado la demanda interpuesta por un cliente contra Bankinter declarando la nulidad parcial de un préstamo hipotecario multidivisa suscrito por las partes el 21 de septiembre de 2007

El Alto Tribunal ha declarado nulos todos los contenidos relativos a las menciones a las divisas distintas al euro de la escritura hipotecaria, conllevando la consideración de que la cantidad adeudada por los demandantes es el saldo vivo del préstamo referenciado en euros, resultante de restar al importe prestado la cantidad amortizada hasta la fecha, también en euros, en concepto de principal e intereses.

De esta forma, el contrato deberá subsistir sin los contenidos declarados nulos, entendiendo que el préstamo lo fue de 136.800 euros, y no de hasta 200.000 euros que establecía cuando los clientes decidieron cambiar de divisa y pese a haber amortizado “una buena parte”. Se deberá utilizar el tipo de interés fijado en la escritura del préstamo en euros.

“Las cláusulas cuestionadas no superan el control de transparencia porque los prestatarios no han recibido la información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas del préstamo y su equivalencia con la moneda en que los prestatarios reciben sus ingresos, ni sobre las graves consecuencias asociadas a la materialización de tales riesgos”, recoge la sentencia.

Es fundamentalmente por esto que el Supremo ha estimado el recurso de casación, ya que considera que el banco ha incurrido en la infracción denunciada. Esto obliga a eliminar cualquier referencia a la denominación en divisas del préstamo y éste queda como una hipoteca concedida y amortizada solamente en euros.

El Supremo explica que la nulidad total del préstamo no es lo adecuado debido a que supondría un “serio” perjuicio para el cliente, que se vería obligado a devolver de una sola vez la totalidad del capital pendiente de amortizar, de modo que declararlo nulo por cláusula abusiva no negociada puede perjudicarle más.

El Supremo considera en esta sentencia que un consumidor con estudios superiores tendría capacidad para entender el producto, pero sólo si se le explica con información suficiente.

Esta sentencia adapta la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que en 2017 estableció los criterios mínimos de transparencia que deben cumplir los bancos para poder comercializar estos créditos.

Las hipotecas multidivisa son préstamos contratados en euros cuyas cuotas de amortización y capital se calculan en base al valor de las divisas diferentes a las que a lo largo de la vida del préstamo esté referenciado el préstamo. A diferencia de los convencionales, son productos complejos que se exponen a la volatilidad del tipo de interés y a la fluctuación de la moneda, pudiendo generar extraordinarias pérdidas patrimoniales.

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