La guía para evitar multas de Hacienda en Navidad: la tributación de la lotería y cestas de Navidad

por Carlos Lopez

La guía para evitar multas de Hacienda en Navidad: la tributación de la lotería y cestas de Navidad 2

Easyoffer, la plataforma online de abogados, ha elaborado una guía para evitar multas de Hacienda de cara a las Navidades, en la que recuerda que hay que declarar los premios que se reciban por sorteos, las compras online, los regalos de empresa, cenas y décimos de lotería.

Los abogados explican que la Navidad supone un pico de gastos para particulares y empresas sujetos a impuestos, como la compra venta entre particulares, que está sujeta a tributación y que, gracias a las nuevas aplicaciones, la compra venta entre particulares “ha salido del anonimato y se ha hecho fácilmente trazable por parte de la Administración” al quedar registrados todos los movimientos.

Este comercio entre particulares está gravado por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con un tipo del 4%, que es el tributación el que se grava la venta online. Además, en el caso de que la venta se produzca con plusvalía, es decir, por más valor que la compra, el vendedor tendrá que declararlo en su IRPF.

El comprador es el que está obligado a declarar dicha transmisión, y lo tendrá que hacer a través del modelo 600 en la Agencia Tributaria autonómica correspondiente. Desde el despacho Pérez Alcobas, de Madrid y socios de Easyoffer, explican que estas aplicaciones “chivan” a la Administración las operaciones, y solo tiene que poner a funcionar sus robots de búsqueda, de forma que “sabien quién ha adquirido algún bien, solo tienen que esperar a que no tribute por ello para sancionarle”.

LOTERÍA DE NAVIDAD

En cuanto a la Lotería de Navidad, conlleva un gravamen fijo del 20% del que se encarga la entidad pagadora, por lo que el agraciado, siempre que sea un particular, no tiene que hacer nada. Tampoco tiene que esperar a cobrarlo puesto que no computa en la declaración de la Renta.

Los abogados de Pérez Alcobas explican que “hace dos años se impuso un gravamen fijo a los premios de la lotería, del 20%, que se descuenta automáticamente cuando recibes el premio” y recuerda que “la Lotería Nacional aumentó la cuantía de los premios para que la gente siguiese percibiendo el mismo importe”.

Desde Legal Reports recuerdan que los premios por debajo de 2.500 euros están exentos y que es la entidad pagadora quién liquida el impuesto a través del modelo 230.

Respecto a los décimos jugados en grupo, se recomienda decirlo desde el primer momento porque si lo cobra uno solo y luego lo quiere repartir tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo tipo impositivo depende de cada comunidad autónoma. En estos casos la entidad pagadora divide el importe entre las personas que lo compartan y declara por cada uno de ellos, explica Pilar Robles, de Legal Reports.

Cuando es la empresa a quien la toca un premio de Navidad, lo tiene que declarar mediante el Impuesto de Sociedades; mientras que para las personas físicas no es necesario declararlo en el IRPF, ya que con la liquidación realizada por la entidad pagadora es suficiente.

En la lotería europea, como el Euromillones, es el propio beneficiario quien tiene que liquidar el impuesto correspondiente a través del modelo 136 y a partir de los 2.500 euros.

SORTEOS EN RESTAURANTES, COMERCIOS Y GRANDES SUPERFICIES

En lo que respecta a los sorteos en restaurantes, comercios y grandes superficies, los expertos recuerdan que hay que incluirlos a título personal en la declaración de la Renta. En caso de premios muy cuantiosos en efectivo, bienes muebles o inmuebles, el pago de impuestos será proporcional.

Otro tipo de sorteos, por ejemplo los que organizan los centros comerciales, asociaciones de comerciantes, restaurantes, o cualquier otro tipo de negocio por estas fechas, sí se tendrán que declarar, con carácter general, en la declaración de la Renta, y la cuantía de su tributación dependerá del premio.

CESTAS Y CENAS DE NAVIDAD

Sobre las cestas y cenas de Navidad, recuerdan que, de cara al empresario, se podrán incluir como gastos de cara al Impuesto de Sociedades siempre y cuando estén justificados, sea una práctica habitual por parte de la empresa, sus cuantías no sean desmesuradas y vayan dirigidas a la plantilla al completo.

En la nómina de los trabajadores debería venir reflejado una retribución en especie, en el caso de la cesta, y eso se tendría que declarar en el IRPF, si bien en la práctica pocas o ninguna empresa lo hace así.

Esto significa que una empresa sí podrá incluir en la partida de gastos la cena de Navidad dentro del Impuesto de Sociedades siempre que haya una costumbre de que se celebren ese tipo de eventos, aunque no se podrá deducir de las cuotas del IVA.

Si se trata de hacer regalos a los clientes, Legal Reports aclara que tiene que haber una factura para que se pueda justificar que es un regalo promocional, y además esos regalos tienen que llevar un logo de la empresa grabado. Se puede deducir si se cumplen los requisitos, estando el presupuesto para estos regalos limitado al 1% de la cuenta de la empresa.

A su vez, las cestas de navidad también son gastos deducibles pero justificando que han acudido realmente los empleados, alegando que es un evento para el mejor funcionamiento de la empresa pero no es deducible es una cena de Navidad de solo directivos.

No obstante, a nivel contable el Impuesto de Sociedades tiene alguna cuenta que hace las veces de “cajón de sastre” por lo que todo dependerá de las intenciones del administrador social y de la habilidad de sus asesores fiscales para encajar estos gastos, añaden los expertos.

Por último, sobre los juguetes defectuosos los expertos recomiendan que si el comprador observa o tiene problemas graves con un juguete guarde el juguete en su embalaje original y se ponga en contacto con un abogado especialista en Derecho Civil para ver las posibilidades.

LAS NOVEDADES EN 2018

Según los abogados colaboradores de Easyoffer, el año que viene será “tranquilo” en referencia a nuevos impuestos, y ven la incertidumbre de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado como un freno a las reformas en el ámbito fiscal.

No obstante, constatan la tendencia hacia el control “más preciso” de los movimientos de las empresas gracias a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y cabe esperar la aplicación de leyes ya existentes a nuevos mercados, como en el caso Wallapop, y modificaciones en el IRPF, al tiempo que se abordará el alquiler vacacional.

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