Resumen del día

por Carlos Lopez

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Fuente @Absolutexe, gráfica en tamaño completo aquí.

Resumen del día 4

La encuesta del día:

[poll id=”693″]

Comentario del día:

# 82MiM

7 de noviembre de 2012, a las 11:53

Pero ¿quien ha votado negativo a mi comentario #78?

Para que se sepa a los 4 vientos. Mi exmujer se lía con un catadrático, y decide abandonarme, sin importarle los esfuerzos que hemos hecho en la vida y los dos hijos que tenemos en común.

Amparada en la legislación vigente en su día, se queda con la custodia de los niños, el uso de nuestra única vivienda y un BMW X-3 que teníamos, yo me quedé con un FIAT PUNTO, y por supuesto me tuve que ir a casa de mis padres.

Después entro en vigor la Ley de la Custodia Compartida en la Comunidad Valenciana, pero el HDLGP de Zapatero recurrió la Ley y la tuvo bloqueada SEIS MESES, pasados los cuales inicié un procedimiento judicial para conseguir la CUSTODIA COMPARTIDA, la vista es a mediados de Diciembre.

Ella sigue viviendo en la casa familiar con el catedrático en cuestión, y con una hipoteca de 260.000 a la cual tengo que hacer frente yo en un 50%. Pero la nueva ley establece que me tiene que pagar un alquiler igual al porcentaje de mi propiedad por lo que ella sabe que a partir de Diciembre tiene que pagarme dicho alquiler así que ahora le ha entrado prisa por vender, y además está mirando para irse a vivir de alquiler a otro sitio.

A fecha de hoy estoy pagando 736 euros de pensión de alimentos + 660 euros de hipoteca de la vivienda, + 140 euros en gastos vinculados a la vivienda (Comunidad Propietarios + IBI prorrateado + seguros), así que al mes he de desembolsar 1.536 euros para que se los lleve ella.

Por cierto, mi sueldo neto mensual (con pagas extras prorrateadas e incluidas) es de 1.896 euros, así que me quedan 360 al mes para vivir. ¿Que os parece? encima de p.uta pongo la cama.

No se quien habrá votado negativo, solo espero que no se encuentre un día en mi situación. Por cierto en la actualidad tengo pareja y vivo en su casa (ella paga casi todo como comprendereis) pero creo que no es justo.

16 comentarios

hptkdodeporvida 7 noviembre 2012 - 5:49 PM

espero que todo le salga bien a # 82, MiM
C.Lopez, ya ves como nos preocupan estos temas de divorcio, custodia compartida, a los foreros en general, y como afecta a nuestra economia, el seguir pagando una hipoteca de una casa donde no podemos vivir, pagar una pension de alimentos para nuestros hijos, que no podemos administrar, pagar una pension compensatoria (el matrimonio no es lo que parece..tambien hay aspectos economicos), a ver si algun dia nos das la sorpresa y el articulo de dia, versa sobre esto.

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Carlos Lopez 7 noviembre 2012 - 5:54 PM

#1 

Afortunadamente es un tema que desconozco y me cuesta horrores escribir sobre cosas que no sé!
Te lo digo porque lo hago de vez en cuando… 

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kiko 7 noviembre 2012 - 6:10 PM

Carlos, consuelate en que la tranquilidad no tiene precio, a mi me han pasado cosas peores, nosotros los tios siempre perdemos con estos problemas.

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oscaribor 7 noviembre 2012 - 6:45 PM

si hace un par de años me hubieras leido los consejos que daba a todo el mundo no te habria pasado esto MIM aunke aqui todo el mundo me insulta por decir verdades…….

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null 7 noviembre 2012 - 9:26 PM

Sobre la encuesta de si esperamos que el futuro de España será birllante …
 
PUES SI como las llamas de de la hoguera en la que vamos a arder.
Carlos es que vas provocando.
Saludos.
PD: Ya tenemos nuevo presidente del mundo. ¿Le daremos el principe de asturias de la paz o sonará mucho a peloteo?

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Un mas 7 noviembre 2012 - 10:09 PM

Te apoyo realmente, yo hoy mismo he recibido la sentencia de modificacion de medidas, ella pedia mas del doble de lo que recibia hasta ahora en pension por mis hijos, no me da ni ropa, pago yo las extraescolares porque ella se niega, aun pidiendolo los niños, en estos momentos soy autonomo, teniendo que pedir hasta un prestamo para poder seguir adelante, ya que segun la ley, aunque me quede en el paro, sin cobrar paro, como no pase la pension voy a la carcel, que pasara ese dia?.
 La gracia es que en la sentencia, pese a que se demuestra que no tengo un Euro, que me estoy arruinando, ella con un sueldo de 1500€ y con su pareja actual trabajando tambien, el juez me sube la pension, y veremos hasta donde llego, hasta que me asfixien tanto que no sepa por donde salir. Una cosa que consigo, eso si, que me amplien el tiempo que puedo estar con mis hijos, pedia una custodia compartida, puesto que ella me ha restringido todo lo que ha podido y mas el poder ver a mis hijos. La sorpresa viene de su abogado, que me bajan la pension si renuncio a la ampliacion de tiempo de estar con mis hijos, ¿que clase de madre es esa?¿que pretende que sus hijos vean menos a su padre?. Pues el juez le da la razon, las leyes le dan la razon. Para cuando de verdad la igualdad tan cacareada desde todas partes?, yo personamente estoy mas que harto de oir lo de la paridad en las empresas, administraciones, etc… ¿Pero para cuando de verdad esa paridad en la custodia de los hijos?, esta es mucho mas facil de aplicar, pero los jueces la niegan sistematicamente en Valencia.
 Todo el mundo esta viendo lo que esta pasando, los unicos que no lo ven son los jueces. Yo hasta la fecha he luchado siempre por la igualdad, pero viendo como funcionan las cosas, hasta que no cambien, tendre que olvidarme de mis principos y ponerme del lado de la no igualdad hasta que de verdad se produzca la igualdad en la custodia compartida en Valencia. Odio decir esto ultimo, pero al final a uno le abren de verdad los ojos de lo que de verdad hay. Estoy perdiendo los años de niñez de mis hijos, y el resentimiento que se crea puede ser muy alto, soy tranquilo, paciente gracias a dios, ¿que podria pasar si fuera un descerebrado de esos que andan por ahi? dios, mejor ni pensarlo.

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animo carlos 8 noviembre 2012 - 1:15 AM

Estimado Carlos es una historia tan real como la vida misma solo puedo decirte animo,y ademas que hay que ser zorro a la hora de elegir vivir,porque hay que escoger lo que nos conviene y pensar siempre en lo malo,hipotecas a medias NUNCA por que la vida es muy larga y hoy te quiero mucho y mañana no te puedo ver.

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NosVamosAMover? 8 noviembre 2012 - 7:07 AM

Todos los casos que habéis contado son frecuentes y SANGRANTES.
Pero vamos a lo práctico. Muchos de nosotros, mientras un presidente mamón nos llenaba la televisión de lo enormemente discriminadas que están las mujeres y BLA BLA BLA (yo siempre digo que las mujeres sabrán lo que es discriminación el día en que con el divorcio pierdan a los hijos, y se vean obligadas a pagar para verlos, y probablemente la mitad de la hipoteca de la vivienda que sólo puede ocupar su marido (y si pone resistencia, a lo mejor le cae una denuncia por violencia de género de la que saldrá absuelta, después de pasar dos o tres noches en el calabozo), bueno, mientras el mamón estaba con esa política de “Igualdad”, nosotros, no nos engañemos, estábamos hablando de fútbol, y algunos hasta votando al mamón.

Vamos a analizar políticamente el asunto. El PSOE siempre se ha opuesto a la igualdad en los divorcios, de forma sistemática. De hecho, en la reciente sentencia del TC en la que se reconoce SIETE AÑOS DESPUÉS que el requisito de que el fiscal esté de acuerdo, para que un juez pueda otorgar la custodia compartida es INCONSTITUCIONAL (cosa que sabíamos todos los que trabajamos en el Derecho), el PSOE, en vez de pedir perdón por haber hecho una ley inconstitucional, se reafirma en el que el fiscal es necesario (lo único que han hecho los fiscales es abortar las bajísimas ganas que tienen los jueces de dictar custodias compartidas).

Por tanto, el PSOE es un caso perdido, pero por suerte está en coma, y por mí que se muera de una vez. Va a estar inutilizado por muchos años, por desgracia no por dejar a tantos niños sin padre, sino por arruinar económicamente al país.

El PP siempre se ha movido en la ambigüedad, pero hay que reconocer que donde se ha discutido la custodia compartida, normalmente la ha apoyado (Aragón, Comunidad Valenciana…). Izquierda Unida, más o menos igual, pero no la ha apoyado tanto. Digamos que son dos partidos que le tienen miedo a la reacción electoral de la gente, a cambiar las cosas de una vez. No se dan cuenta del enorme apoyo popular que tendría una reforma de la ley de divorcio para quitarle la enorme discriminación hacia el padre.

Y finalmente UPyD es el ÚNICO partido que ha propuesto y apoyado sin trampas la custodia compartida. Disfrutad de estos dos minutos como ejemplo:
http://www.youtube.com/watch?v=rOuToVppif0

Perdonad el rollo, pero iba a esto: AHORA MISMO NOS JUGAMOS EL FUTURO DE LOS PADRES Y LOS HIJOS DE ESPAÑA. Dentro de unos años todos los abusos que estáis relatando serán historia, de hecho los contaremos y nadie nos creerá (a todo esto estoy casado y con dos niñas). PERO ANTES DE FINAL DE AÑO, si Gallardón cumple su promesa, presentará (por presión de UPyD) un proyecto de ley para implantar la custodia compartida como regla general, y seguramente cambiar aspectos económicos aberrantes de la ley actual, como por ejemplo el disfrute indefinido de la vivienda por parte de la madre, haciendo pagar al padre parte o toda la hipoteca, etc.

Si GALLARDÓN no se encuentra con un apoyo, una movilización importante de los padres (y muchas madres que tienen hijos humillados tras un divorcio), las feminazis controlarán el tema y la ley se quedará en nada. Recordad que ellas tienen todavía mucho dinero de las subvenciones del mamón, y mucho tirón en los medios. Hay que hacerse oir y hacer que la ley: A) Permita revisar los casos como el vuestro y conseguir un divorcio igualitario a pesar de llevar años con el aberrante; B) Que no cuelen la norma de que con una denuncia de maltrato se impide la custodia compartida, porque entonces no hacemos nada: presentan una denuncia por maltrato, luego es archivada (tras un par de noches del padre en el calabozo) y ella ya tiene la custodia exclusiva y el pack hijos-vivienda-pensión. Si se ve que la relación entre los padres tiene alguna relevancia en cuanto a la custodia, cosa que no tiene por qué ser, que sea una agresión de CUALQUIERA de los cónyuges al otro, DEMOSTRADA y condenada en juicio, la que le dé al otro la custodia exclusiva. ETCÉTERA.

-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.

¿Tengo la esperanza de que nos movamos de una vez para reclamar nuestros derechos? NO. 

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MiM 8 noviembre 2012 - 8:11 AM

Buenas Carlos,
A todo esto habría que comentar que soy abogado (te podría ayudar a escribir un artículo sobre el tema) y aún así mira como estoy, además me casé con separación de bienes, pero cuando todo lo que tienes (lo poco que tienes) te lo compras a medias de poco sirve el sistema económico matrimonial al que te acojas.
Al resto gracias por el apoyo, de hecho muchos están como yo o parecido.
Saludos

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yomismo 8 noviembre 2012 - 10:29 AM

lo que no entiendo muy bien es de donde salen los 700€ en pensión de alimentos. En mi casa somos 3 y nos gastamos 400€ al mes en comida, el catedrático ese tiene que estar como una vaca!… la hipoteca también habría que revisarla ya que a 30 años debería pagar menos… y enhorabuena porque cobrar ese sueldazo hoy día es todo un logro!.
Ojala se te arregle todo!. 

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Otromas 8 noviembre 2012 - 1:47 PM

Yo he iniciado la peticion de custodia compartida de mi hijo recientemente, aqui en valencia, cuantos mas seamos , cuantos mas solicitemos la compartida, mas se nos verá, y mas presion haremos.

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francesc 8 noviembre 2012 - 3:59 PM



Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.

Artículo 6
Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
1. A falta de pacto entre los progenitores, en los casos de régimen de convivencia compartida, la preferencia en el uso de la vivienda familiar se atribuirá en función de lo que sea más conveniente para los hijos e hijas menores y, siempre que fuere compatible con ello, al progenitor que tuviera objetivamente mayores dificultades de acceso a otra vivienda. En el caso de atribuirse la vivienda familiar a uno de los progenitores, si ésta es privativa del otro progenitor o común de ambos, se fijará una compensación por la pérdida del uso y disposición de la misma a favor del progenitor titular o cotitular no adjudicatario teniendo en cuenta las rentas pagadas por alquileres de viviendas similares en la misma zona y las demás circunstancias concurrentes en el caso. Tal compensación podrá ser computada, en todo o en parte, como contribución a los gastos ordinarios con el consentimiento de quien tenga derecho a ella o en virtud de decisión judicial. El mismo régimen jurídico se aplicará a los supuestos en los que se atribuya la convivencia con los hijos e hijas menores a uno solo de los progenitores.
2. Salvo acuerdo en contrario entre los progenitores, en ningún caso se adjudicará una vivienda, aunque hubiera sido la residencia familiar habitual hasta el cese de la convivencia entre los progenitores, si es de carácter privativo del progenitor no adjudicatario o común de ambos y el progenitor al que se adjudica fuera titular de derechos sobre una vivienda que le faculten para ocuparla como tal residencia familiar. Si durante la ocupación como vivienda familiar de la perteneciente al otro progenitor o a ambos, se incorporasen al patrimonio del cónyuge adjudicatario tales derechos, éste cesará en el uso de la vivienda familiar que ocupase hasta tal momento salvo acuerdo entre los progenitores y previa decisión judicial en su caso.
3. En los supuestos de los dos apartados anteriores, la atribución de la vivienda tendrá carácter temporal y la autoridad judicial fijará el periodo máximo de dicho uso, sin perjuicio de que tal uso pueda cesar o modificarse, en virtud de decisión judicial, cuando concurran circunstancias que lo hagan innecesario o abusivo y perjudicial para el progenitor titular no adjudicatario.
4. El régimen jurídico establecido en los párrafos anteriores no será de aplicación a las viviendas que se disfruten como segunda o ulteriores residencias.
5. El ajuar familiar permanecerá en la vivienda familiar salvo que en el pacto de convivencia familiar o por resolución judicial se determine la retirada de bienes privativos que formen parte de él. En todo caso, el progenitor a quien no se le atribuya la vivienda tendrá derecho a retirar sus efectos personales en el plazo que establezca la autoridad judicial.
6. Cuando se haya decidido que ninguno de los progenitores permanezca en la vivienda familiar, se efectuará el reparto de los bienes que compongan el ajuar familiar y de los demás, sean comunes de los progenitores o privativos de uno u otro de ellos, de acuerdo con la legislación que les sea aplicable y previo acuerdo de aquéllos o resolución judicial en otro caso.

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francesc 8 noviembre 2012 - 3:59 PM



Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.

Artículo 6
Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
1. A falta de pacto entre los progenitores, en los casos de régimen de convivencia compartida, la preferencia en el uso de la vivienda familiar se atribuirá en función de lo que sea más conveniente para los hijos e hijas menores y, siempre que fuere compatible con ello, al progenitor que tuviera objetivamente mayores dificultades de acceso a otra vivienda. En el caso de atribuirse la vivienda familiar a uno de los progenitores, si ésta es privativa del otro progenitor o común de ambos, se fijará una compensación por la pérdida del uso y disposición de la misma a favor del progenitor titular o cotitular no adjudicatario teniendo en cuenta las rentas pagadas por alquileres de viviendas similares en la misma zona y las demás circunstancias concurrentes en el caso. Tal compensación podrá ser computada, en todo o en parte, como contribución a los gastos ordinarios con el consentimiento de quien tenga derecho a ella o en virtud de decisión judicial. El mismo régimen jurídico se aplicará a los supuestos en los que se atribuya la convivencia con los hijos e hijas menores a uno solo de los progenitores.
2. Salvo acuerdo en contrario entre los progenitores, en ningún caso se adjudicará una vivienda, aunque hubiera sido la residencia familiar habitual hasta el cese de la convivencia entre los progenitores, si es de carácter privativo del progenitor no adjudicatario o común de ambos y el progenitor al que se adjudica fuera titular de derechos sobre una vivienda que le faculten para ocuparla como tal residencia familiar. Si durante la ocupación como vivienda familiar de la perteneciente al otro progenitor o a ambos, se incorporasen al patrimonio del cónyuge adjudicatario tales derechos, éste cesará en el uso de la vivienda familiar que ocupase hasta tal momento salvo acuerdo entre los progenitores y previa decisión judicial en su caso.
3. En los supuestos de los dos apartados anteriores, la atribución de la vivienda tendrá carácter temporal y la autoridad judicial fijará el periodo máximo de dicho uso, sin perjuicio de que tal uso pueda cesar o modificarse, en virtud de decisión judicial, cuando concurran circunstancias que lo hagan innecesario o abusivo y perjudicial para el progenitor titular no adjudicatario.
4. El régimen jurídico establecido en los párrafos anteriores no será de aplicación a las viviendas que se disfruten como segunda o ulteriores residencias.
5. El ajuar familiar permanecerá en la vivienda familiar salvo que en el pacto de convivencia familiar o por resolución judicial se determine la retirada de bienes privativos que formen parte de él. En todo caso, el progenitor a quien no se le atribuya la vivienda tendrá derecho a retirar sus efectos personales en el plazo que establezca la autoridad judicial.
6. Cuando se haya decidido que ninguno de los progenitores permanezca en la vivienda familiar, se efectuará el reparto de los bienes que compongan el ajuar familiar y de los demás, sean comunes de los progenitores o privativos de uno u otro de ellos, de acuerdo con la legislación que les sea aplicable y previo acuerdo de aquéllos o resolución judicial en otro caso.

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Alberto 8 noviembre 2012 - 4:07 PM

Pero ¿en serio que está tan mal la justicia?
Si lo que he leido por aqui es cierto, creo que deberían expulsar a muchos jueces o ¿es que se acuestan con vuestas ex? porque no me lo explico.
Leo el primer caso y en vez de decir el Juez que los niños estén por igual con sus padres se lo deja a uno y el otro a pagar…. increibleeeeeeeeeeeeee….  

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