Ayudas al inquilino

Al inquilino

Los inquilinos disfrutan de una compensación del 10% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual con el límite de 601,01 euros anuales siempre y cuando:

  • El inquilino haya tenido derecho a aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual, por cumplir los requisitos.
  • El contrato sea anterior al 24 de abril de 1998 y se mantenga en el presente ejercicio.
  • La suma de las partes general y especial de la renta del periodo impositivo minorada en las reducciones por rendimientos del trabajo y por discapacidad de trabajadores activos no sea superior a 21.065,42 euros en tributación individual ó 30.050,61 euros en tributación conjunta.

 

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