Cómo cancelar hipotecas en el registro de la Propiedad, cancelación registral y tabla

PEGORU

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Despues de leer el caso de duplecillos, me asaltan las dudas de que hacer una vez que pagamos la totalidad de la hipoteca y los pasos a seguir, con esta guia copiada de la web HIPOTECAS, HIPOTECA MULTIDIVISA, CALCULO DE HIPOTECA | espero salir de dudas y ayudar a los que las tienen.:rolleyes:

CANCELACION DE HIPOTECAS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD - LEVANTAMIENTO DE HIPOTECA -CONDICION RESOLUTORIA

Una vez que conseguimos pagar el préstamo hipotecario o que la hipoteca está totalmente pagada y amortizada lo que se llama cancelacion financiera de la hipoteca, bien por la llegada del vencimiento final con todas las cuotas pagadas o porque hemos pagado todo el importe de la hipoteca de forma anticipada, es aconsejable proceder a “limpiar” o quitar la anotación o carga que existirá en el Registro de la Propiedad a favor de la Entidad Financiera lo que dejará nuestra Propiedad libre de cargas. Es lo que se conoce como la cancelación de hipoteca definitiva y total o cancelacion registral de hipoteca , también conocido como levantamiento de hipoteca o levantamiento de cargas ya que desaparecerá del Registro de la Propiedad. También se utilizará este sistema para la cancelación de la condición resolutoria existente en algunas viviendas en el Registro de la Propiedad.
Esta cancelación registral de hipoteca, cancelación de la hipoteca o levantamiento de cargas o de hipoteca, lleva consigo una serie de gastos como veremos mas adelante por lo que hemos de valorar si nos interesa solicitar dicha cancelación en el registro ya que no es obligatorio salvo que vayamos a proceder a su venta o solicitar nueva financiación o nuevo préstamo. No obstante, como decimos es aconsejable pues suele ser algo que se olvida y en ocasiones cuando lo necesitamos con urgencia se suele tener problemas de agilidad y a veces localizar los documentos necesarios. La hipoteca prescribe a los 20 años despúes del venimiento de la misma y en este caso se puede solicitar el levantamiento de hipoteca al Registro de la Propiedad mediante una instancia o escrito privado en cuyo caso nos ahorrariamos los gastos de notario.
Los pasos a dar para la cancelación registral de la hipoteca o cancelar una condición resolutoria sobre una finca, piso o vivienda, serán los siguientes:


Solicitar a la Entidad Financiera que en su momento nos concedió la hipoteca que proceda a preparar la escritura de cancelación de hipoteca. Si fuera una condición resolutoria o carga sobre la finca igualmente deberemos solicitar una escritura notarial que previa entrega de los documentos que demuestren se ha cumplido con las obligaciones que justificaban la condición resolutoria, el notario extenderá la escritura de levantamiento de dicha carga.
La Entidad financiera, entregará a un Notario los datos de la finca o vivienda, el importe de la hipoteca, la responsabilidad hipotecaria y apoderado que firmará.
Una vez confeccionada la escritura de cancelación de hipoteca, la Entidad Financiera firmará dicha escritura ante Notario para lo que no es necesaria nuestra presencia.
El notario nos entregará previo pago de su minuta la escritura de cancelación de hipoteca original.
Dicha escritura la pasaremos por la Hacienda de la correspondiente Comunidad Autónoma para la liquidación del impuesto que en la actualidad está exento.
Una vez liquidado el impuesto presentaremos la misma en el correspondiente Registro de la Propiedad y en un plazo de 2 a 3 meses, dicho Registro nos devolverá la misma con anotación de haber dado de baja la hipoteca. Con estos pasos, tendremos nuestra vivienda “limpia” de la hipoteca. Este será un buen momento para solicitar una nueva Nota simple al Registro de la Propiedad y comprobar que no existen otras cargas. Los gastos estimados de la cancelación de hipotecas se pueden ver en la siguiente tabla de gastos de cancelación registral de hipoteca

http://www.hipotecasypisos.com/Descargar-documento/41-Gastos-Cancelacion-Hipotecas.html
 
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