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Tenia una hipoteca y todos los años llegaba a amortizar los 9015 Euros que me permite la ley para cobrar lo maximo por desgravacion en el IRPF, yo estaba soltero, ahora me he casado y mi duda es si mi pareja puede tambien amortizar 9015 Euros mas, mi pareja nunca ha tenido hipoteca y hemos cambiado ante un notario nuestra situacion fiscal de separacion de bienes a bienes conjuntos
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Ya constáis como casados (Correcto). El prestamo está a sólo a tu nombre (No se si es correcto o no). Si hacéis renta conjunta, sólo podéis desgravar 9015€, pero si cada uno hace su renta por separado entonces si podéis desgravar cada uno la mitad de lo pagado (hasta el máximo de 9015€).
__________________ Guía de reclamaciones - Web estatal Modelo reclamaciones telefonía Mis post favoritos: * Comprar en pareja (%) * Calculo que no cuadra * Peras o manzanas * Razones para no escriturar por menor valor que el real (Razón 1) (Razón 2) |
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Buenos días Vic_Sant, Supongo que cuando dices "hemos cambiado ante un notario nuestra situacion fiscal de separacion de bienes a bienes conjuntos" te refieres a que habeis hecho capitulaciones matrimoniales para establecer un régimen de gananciales. Bien, pues según el Codigo Civil la comunidad de gananciales se constituye con los bienes adquiridos "a partir" del matrimonio o del otorgamiento de las capitulaciones. Es decir los bienes adquiridos con anterioridad siguen siendo privativos del cónyuge al que pertenecieran ya y, por tanto, si tú eras propietario de la vivienda antes de casarte incluso, el piso sigue siendo exclusivamente tuyo, por lo que yo entiendo que sólo tú puedes practicar la deducción por vivienda. Otra cosa es que hagais declaración conjunta, por lo que entonces esta deducción os va a beneficiar a los dos, pero sólo podrás deducir 9.060 Euros como máximo (como todo hijo de vecino hipotecado). Pero no creo que ella pueda deducirse la hipoteca de un piso del que no es propietaria y además tampoco consta como prestataria en la escritura de hipoteca. |
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Hola, Entiendo de lo dicho que os habéis casado en bienes gananciales, si la vivienda constituye la vivienda habitual del matrimonio os podéis desgravar los dos por los pagos que realicéis a la hipoteca (cada uno el 50% de la cantidad total pagada). Si realizáis declaración conjunta podéis desgravar 9.040€ los dos, y si la realizáis separada 9040€ cada uno (un total de 18080€). Esto es así porque aunque es cierto lo que han mencionado de que los bienes privativos antes del matrimonio siguen siendo privativos, al casarse en gananciales existe una excepción con la vivienda, en el caso de que no esté pagada y sea el domicilio del matrimonio, por la cuál, tras el matrimonio, la parte pagada por el anterior propietario sigue siendo privativa, pero la parte pagada ya con dinero ganancial del matrimonio pasa a tener esta consideración (es de los dos). Visualizando documentos |
| Este usuario da las gracias por este mensaje: | ||
madroño (17-jul-2012) | ||
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| Cita:
Gracias.
__________________ hdm yen 126 / 20 Myen, Bankinter / 30 años / Madrid "Y si tuviera el naufragio de un sentimiento, seria un velero en la isla de tus deseos" |
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