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Muy buenos Días, Tengo dos dudas con respecto a la compra de mi vivienda: - En el año 2010 dimos unas cantidades a cuenta de la compra de la vivienda firmando un contrato de compra-venta privado del cual elevamos a pública la fecha de compra para poder aplicarnos la deducción por vivienda habitual que, en aquel momento, retiraban del IRPF para el año siguiente. Estas cantidades las deduje en el IRPF correspondiente al ejercicio 2010. Finalmente, en 2011 nos entregaron el piso y formalizamos la hipoteca. Mi pregunta es, ¿Qué fecha de compra debo poner en el IRPF? ¿2010 o 2011? - Mi segunda pregunta es respecto a los gastos de formalización de hipoteca y demás, ¿Me los puedo deducir en este ejercicio si el importe de la hipoteca se corresponde con el importe de la vivienda más dichos gastos? Supongo que la respuesta es no, pero es para asegurarme. Muchísimas gracias por vuestra ayuda y saludos, Silvieta |
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La fecha de formalización de la hipoteca es 2011, pero tu distes cantidades a cuenta en 2010, por tanto empezastes a pagar tu vivienda en 2010, no en 2011. El prestamo hipotecario figurara en 2011. Los gastos de formalización de hipoteca son totalmente deducibles, IVA vivienda nueva ó ITP si es 2º mano, IAJD de compraventa ,IAJD de hipoteca, noraria, registro, tasación, etc y estos gastos corresponden al 2011, pues es cuando se formalizo la hipoteca. Saludos. |
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