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  #1 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 08:37
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Buenas a todos,

Tengo una consulta referente a la renta de 2008. El año pasado, cancelamos la hipoteca que teniamos en una entidad financiera, y constituimos una nueva en otra entidad (con unas condiciones mucho mejores) pero por un importe superior al que teniamos pendiente de amortizar, ya que aprovechamos para comprar una plaza de parking, y pagar los gastos de cambio de hipoteca (cancelación de la antigua, constitución de la nueva, etc).

¿alguien sabria decirme como debo tener en cuenta esas hipotecas en la desgravación por vivienda habitual de la declaración de renta 2008?

Muchas gracias a todos


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  #2 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 09:06
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metiendo en la declaración aparte de las cuotas mensuales todos y cada uno de los gastos que os haya ocasionado el cambio de hipoteca


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  #3 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 10:28
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Te recomiendo que te informes bien, si no estoy equivocado al ampliar la hipoteca ya no te puedes deducir el 100%. Ya que el capital ampliado no está “destinado a la compra de la 1ª vivienda”.

Intentaré explicarme con un ejemplo en el que debías 80.000 € de tu hipoteca original y pides 100.000€ en la nueva, un 20 % más para que sea fácil. Lo que puedes deducir es:

- El 100% de lo pagado antes del cambio de hipoteca, las cuotas viejas vamos.
- El 100% de los gastos de cancelar la vieja hipoteca
- El 80% de los gastos de la nueva hipoteca
- El 80% de las cuotas de la nueva hipoteca para los años que te restan de hipoteca, no solo para este.

Hay algo de lo que no estoy seguro, y es como se calcula el porcentaje, ya que 100 es 80 más su 25%, pero 80 es, lógicamente, el 80% de 100, por lo que si el porcentaje es 75 u 80 lo desconozco, aunque casi aseguraría que es un 20%.

Espero que alguien más experto te pueda ayudar más.


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  #4 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 10:29
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pero entonces ¿sólo considero las cuotas de la nueva hipoteca? ¿de los 6 meses de 2008 que teniamos la primera hipoteca nada?¿y no habria que aplicar un % respecto a los importes?


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  #5 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 10:33
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he vuelto a leer tu post y te explico tu ampliaste la hipoteca para meter el garaje y los gastos de la ampliación, si el garaje está en el mismo inmueble es mayor valor de la vivienda y te lo puedes desgravar exactamente igual pero los gastos no los puedes meter porque ya estan metidos en el capital de la hipoteca y te los desgravaras a lo largo de la vida de la hipoteca, eso es lo legal, luego mucha gente hace lo que le da la gana


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  #6 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 10:37
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Mi consejo es que metas el 100% de la cuota de antes y el 100% de la de ahora si el garaje está en el mismo inmueble.
y que no metas los gastos porque has pedido el dinero ara afrontarlos y estan dentro de la hipoteca.
si no deberas calcular el coste de los gastos y ver cual es el porcentaje sobre el total de la nueva hipoteca y ese porcentaje en años sucesivos no los podrás meter


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Antiguo 22-may-2009, 10:40
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Cita:
Iniciado por minieurista Ver Mensaje
Te recomiendo que te informes bien, si no estoy equivocado al ampliar la hipoteca ya no te puedes deducir el 100%. Ya que el capital ampliado no está “destinado a la compra de la 1ª vivienda”.

Intentaré explicarme con un ejemplo en el que debías 80.000 € de tu hipoteca original y pides 100.000€ en la nueva, un 20 % más para que sea fácil. Lo que puedes deducir es:

- El 100% de lo pagado antes del cambio de hipoteca, las cuotas viejas vamos.
- El 100% de los gastos de cancelar la vieja hipoteca
- El 80% de los gastos de la nueva hipoteca
- El 80% de las cuotas de la nueva hipoteca para los años que te restan de hipoteca, no solo para este.

Hay algo de lo que no estoy seguro, y es como se calcula el porcentaje, ya que 100 es 80 más su 25%, pero 80 es, lógicamente, el 80% de 100, por lo que si el porcentaje es 75 u 80 lo desconozco, aunque casi aseguraría que es un 20%.

Espero que alguien más experto te pueda ayudar más.
Lo has bosdado mileurista, pero el ultimo parrafo te ha quedado.... eso de 100 es 80 mas su 25%,por vueltas que le doy, no lo pillo.
Para la hipo nueva tiene que hacer una regla de 3 con el capital pendiente antes de cancelar, que es lo que realmente debe de casa, y con el capital solicitado en el segundo prestamo. El resultado será el % del segundo credito que corresponde a vivienda. de todas formas ivax, ni pierdas de vista en hilo, que te van a llover respuestas!!

un saludo


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  #8 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 11:18
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Iniciado por ivax9 Ver Mensaje
pero entonces ¿sólo considero las cuotas de la nueva hipoteca? NO ¿de los 6 meses de 2008 que teniamos la primera hipoteca nada? De esto el 100%, todo¿y no habria que aplicar un % respecto a los importes? Para lo de la 2º hipoteca
En cuanto a que el garaje este en la misma parcela solo valdría si lo escrituras en el mismo acto.

Cita:
En el manual práctico de la Renta 2008 define así los elementos que constituyen la vivienda habitual:


3º Conceptos que se consideran vivienda habitual, a efectos de la deducción:
- Los anexos o cualquier otro elemento que no constituya la vivienda propiamente dicha, tales como jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, siempre que se adquieran conjuntamente con la vivienda.
- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, con el máximo de dos.
A efectos de la deducción, se entienden adquiridas con la vivienda las plazas de garaje que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren en el mismo edificio o complejo inmobiliario y se entreguen en el mismo
momento.
b) Que su transmisión se efectúe en el mismo acto, aunque lo sea en distinto documento.
c) Que sean utilizadas o estén en disposición de utilizarse por el adquirente, es decir, que su uso no esté cedido a terceros.

Yo entiendo que si se puede desgravar según el apartado b). En todo caso me intentaré asegurar porque si no se puede desgravar yo no cojo la segunda plaza porque el precio me parece desorbitado.


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  #9 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 11:29
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lo de la segunda hipoteca y los gastos me queda claro, muchas gracias, pero respecto a la primera... como se canceló la totalidad de la hipoteca ¿que incluyo el total? por seguir con el ejemplo

si en la primera hipoteca debia 80.000 € y la cancelé ¿incluyo esos 80.000?

de la segunda (de 100.000€), sobre las cuotas pagadas en 2008 aplico el 75% (ya que 100.000 / 80.000 = 125% y por tanto ese 25% extra no puedo aplicarlo).

en las cuotas de la segunda hipoteca, incluyo los gastos de cancelación y constitución.

la plaza de parking queda fuera al no comprarse en el mismo momento que la vivienda


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  #10 (permalink)  
Antiguo 22-may-2009, 13:17
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no puedes incluir los 80000 porque lo has pagado con el importe de la segunda hipoteca, puedes incluir las cuotas de la primera hipoteca


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