|
| | ||
| |
|
![]() |
| | Herramientas | Desplegado |
| |||
|
Hola, vamos a comprar nuestra primera vivienda y nuestros padres nos van a ayudar con una cantidad importante. ¿Cómo se hace legalmente para que Hacienda no nos cruja, o que repercuta lo menos posible? Gracias de antemano. |
| |||
|
La donación que os hagan vuestros padres la teneis que declarar como tal donación y pagar el impuesto de donaciones. Aquí es MUY importante tener en cuenta a que Comunidad Autónoma perteneceis porque el impuesto es muy muy muy diferente, en la Comunidad de Madrid, es prácticamente nada (Me parece que está eliminado el 99% de la cuota que te salga, es decir solo se paga el 1% de la cuota que dice la Ley de Sucesiones y donaciones) pero en otras Comunidades te pueden crujir.
|
| |||
|
Gracias por tu respuesta, la vil. Mi comunidad es Andalucía. Consultando la web de la consejería de economía y hacienda, parece ser que el impuesto es el 17% de lo que mi padre me done (un auténtico robo). También existe reducción del 99% pero sólo si la donación es para la adquisición de la primera vivienda (como es el caso) y el donatario es menor de 35 años (que no es el caso, pues tengo justo 35). ¿Creéis que ésto podría ser una solución, o es una tontería?: 1. Abrir una nueva cuenta en la que mi padre y yo seamos cotitulares. 2. Mi padre pasa la cantidad que me va a regalar, de su cuenta habitual a la nueva cuenta en la que los dos somos cotitulares. 3. Posteriormente, como cotitular, paso el dinero de la cuenta que comparto con mi padre, a la que comparto con mi mujer, y ya tenemos la ayuda para el piso. |
| |||
|
Respecto a la contestación de "No tocar" Los prestamos entre familiares y desde luego los de 1º grado, Hacienda (que no son tontos) por mucho que pongas sin intereses, dicen que no cuela, que como mínimo los interese legales del dinero, tu padre tendría que declarar esos intereses como ingresos y respecto a que no le pagaras el prestamo pero figurara que se la pagabas en unos años te digo lo mismo los de hacienda no son tontos y se las saben todas, esto no por listos, (que tampoco lo son),sino porque si durante años te están contando "batallas" llega un momento en que es muy difícil inventar una nueva.Te podrian preguntar a ti ¿digame de donde sale el dinero que le paga a su papá por el prestamo cada año. (date cuenta que para empezar a dorarles la pildora tendrias que hacer un documento del prestamo y precisamente declararlo en Hacienda y pagar Actos Juridicos Documentados por que si no lo haces(el documento y su declaración) simplemete te dicen que lo de Caperucita no cuela y te lo echan para atras sin miramientos. Tienes que buscar otro sistema, mira a ver si comprandolo en proindiviso con tu padre y luego con el tiempo te lo deja a ti en herencia........ pero todo eso hay que ver la composición de la familia, como os llevais, como se va a llevar tu futura mujer con los suegros......... bueno esto ya es meterse en problemas a futuro nada recomendables. |
| |||
|
Contestando directamente a tu pregunta te diré que es una ingenuidad, puesto que el seguimiento del dinero es directo no merece la pena ni que lo pienses.
|
| |||
|
Lo anterior seria válido, si tu medio pudieras demostrar o decir que el 50% del dinero que meteis en la cuenta lo tenias tu en el colchón.Pero para eso que te lo de tu padreen mano y lo ingresas directamente a tu nombre.
|
| ||||
|
A mi en su momento me dejo dinero mi padre, aunque las cantidades igual serían menores (30-40 K €); y las movimos en metálico de pleno acuerdo con el vendedor (era nueva vivienda, por lo que quitamos el IVA de esta parte en B que cerramos 1 h antes de ir al notario). La opción nos la dió el vendedor, de ahí que le pidiese colaboración a mi padre porque ahorraba un pico. Para sacarlo creo que movió de diferentes cuentas en cantidades pequeñas. Igual la parte contraria se ofrezca a colaborar. |
| |||
|
Lo que dice "Lost in JPY" es perfecto pero para cuando pagas una parte en B. En nuestro caso no habrá B, pero he pensado que quizás podríamos pactar con el vendedor que, de lo que le paguemos nosotros (lo que no hemos pedido al banco), una parte sea mediante talón y la otra (que correspondería a lo que nos den nuestros padres) en metálico, y así el dinero que nos dan nuestros padres nunca pasa por nuestra cuenta. ¿Esto también es ingenuo? |
| |||
|
Me contesto yo mismo: también es una ingenuidad, no se pueden hacer compraventas con pago en efectivo. Ha de quedar constancia del pago y en la escritura se pone fotocopia de los cheques o de la orden de transferencia.
|
![]() |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |