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Hola a todos, Tengo un gran problema, resulta que el año pasado (2010) firme la hipoteca con el Banco Santander, y tambien me hice con ellos el seguro de vida y de hogar, porque supuestamente me obligaban para darme la hipoteca. Ahora resulta que comparando precios de seguros de vida yo estoy pagando una barbaridad 425 € al año (con 27 años... cuando tenga 50 no quiero ni pensar lo que pagaré jeje), le dije a los del banco que si me podia dar de baja con ellos, contestación no puedes pq. te subiremos el diferencial y pregunte cuanto, me contestarón que no saben, que pasaria de tener un 0,40 al que ahora estan aplicando 0,90 o 1. Me puse a mirar escrituras de constitución del préstamo y dice claramente que tengo un 0,40 y no hace referencia a ningun seguro de vida ni penalización por cancelarlo, se lo dije al director de la oficina y me dice que me hicieron una oferta por convenio universitario y que ese convenio me obliga a tener el seguro de vida con ellos, les dije que me lo diera por escrito que eso es ilegal segun la ley de libre competencia de mercado.........jajaja, y me dice que me harian un estudio y que no saldria rentable al banco y que por eso me lo modificarian. (porsupuesto no me lo dio por escrito...me dio largas...) Mi pregunta es. si en la escritura no aparece nada de penalización, ni seguro de vida y dice claramente que mi diferencial es el 0,40, me pueden subir el diferencial como dice el director de la sucursal del santander??? Gracias por todo y perdon por el royo que os he soltado pero tengo miedo que me lo suban. :S |
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Exijirme, no me exijen tener seguro de vida, segun escritura, pero si me exijen tener un seguro del hogar (con ellos o con otra compañia). Yo quiero darme de baja del seguro de vida, y contratarlo más adelante, cuando me vaya bien, dentro de 2 meses.
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| Una buena parte de las entidades bancarias, por no decir la mayoría, incluye entre sus condiciones a la hora de conceder un préstamo hipotecario la contratación de una serie de seguros (vida y hogar principalmente). Sin embargo, desde un punto de vista estrictamente legal el cliente sólo está obligado a contratar un seguro del hogar, pero sin ninguna obligación de realizarlo con una entidad determinada. Es decir, el cliente no tiene por qué contratarlo con el banco o caja de ahorros que le concede la hipoteca, sino que puede hacerlo con cualquier otra entidad financiera o aseguradora; eso sí, como bien dices, con la correspondiente cláusula de cesión de derechos al banco o caja hasta la finalización o amortización completa de la hipoteca. Si tienes algún problema con la entidad financiera mírate y, coméntales el art.5.1 letra e) de La Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados por el cual se prohibe imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguros. Deberías averiguar también, si tu hipoteca tiene bonificación por el seguro de hogar, es decir que el banco te reduce el diferencial con el euribor, o tipo de referencia aplicable, en un determinado grado, siempre que tengas contratados con la entidad unos determinados productos, entre los que se suelen encontrar los seguros de hogar. Y ver si la disminución que tendrías en la cuota mensual, en caso de que el seguro de hogar fuese una vinculación que bajase el diferencial con respecto al euribor, hace más rentable para ti tener el seguro con tu entidad financiera o con otra entidad aseguradora. Si tu hipoteca está bonificada, tal hecho se especifica en la escritura pública ante notario, tienes que buscar en la escritura por donde hable del tipo de interés inicial aplicable, y del tipo de interés variable posterior (usualmente), es decir, el diferencial con respecto al tipo de referencia, euribor, IRPH, ICE, el índice que en concreto tengas. O donde hable del tipo de interés fijo si es una hipoteca a tipo fijo. Ahí te pone las vinculaciones, si existen. Usualmente, nómina, seguros, planes de pensiones, tarjetas... Del mismo modo, si conservas la oferta vinculante, que en su día te aportó la entidad financiera, también lo puedes localizar de ese modo, que es más resumido que la escritura. Un saludo.
__________________ !! Te tengo en mi punto de mira!! , !!...mira un punto!! JI!, JI!, JI!.
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gracias. Mirare la oferta vinculante. De todas formas el seguro del hogar no lo voi a cambiar, seguire con ellos, lo unico que quiero quitar es el seguro de vida, y me he leido la escritura de p a pa y no hay vinculacion con seguro de vida, es mas, la palabra seguro de vida no aparece en la escritura. Gracias por la ayuda |
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| Cita:
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1.- BANCO DE ESPAÑA SANTANDER en Pag 9, primer semestre 2009, es el Banco que mas con mayor numero de reclamaciones en el semestre ( 163 ) , con allanamientos en el 46,6 % de las reclamaciones. http://www.bde.es/webbde/Secciones/P...estre_2009.pdf 2.- CALIFICACION DE RIESGO RATING STÁNDAR & POOR´S 25/04/2010 Largo Plazo A-1+ Perspectiva Negativa. Rating actalizado por S&P, Standard & Poor´s, de la banca mediana y grande española | Cajas y Bancos 3.- ENLACE RECLAMACION ONLINE: https://www.bancosantander.es/cssa/S...nteSinSegmento 4.- RECLAMACION Servicio de Atención al Cliente Ciudad Grupo Santander Avda.Cantabria, s/n 28660 - Boadilla del Monte (Madrid) D. -------------------(…………..) DIRECCION.. TELEFONO.. EMAIL… Estimados señores del departamento de Atención a la Clientela, me dirijo a Vds., por este medio que espero sea el adecuado para que si en su derecho procede, conozca y resuelva la siguiente reclamación, al amparo de lo estipulado en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamento y servicios de atención al cliente de las entidades financieras (publicada en el Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo de 2004), ), asi como Reglamento del Servicio de Atención y Defensa del Cliente en el Grupo Santander asi UNICO: El cliente arriba identificado tiene concertado Prestamo Hipotecario con esta entidad en oficina num …….. de ……….. (Burgos), a la misma vez tiene contratado Seguro de Vida y Seguro de Hogar con esta entidad. El cliente esta interesado en anular seguro con esta entidad , pero desde la oficina se le dice que si se anula subira el diferencial de la revisión anual desde el 0,40 % al 0,90 % o 1%, por el convenio Universitario que vincula a ambas partes. Por ello el cliente SOLICITA expresamente se le informe de los siguientes extremos: , 1-INSTRUMENTOS DE COBERTURA DEL RIESGO DE TIPO DE INTERÉS, que comercializa esta Entidad en la fecha de la firma de la escritura, y ofertados al cliente. 2-OFERTA VINCULANTE ofrecida al cliente antes de la formalización del préstamo hipotecario 3.- CONVENIO UNIVERSITARIO que vincula a ambas partes en el referido prestamo hipotecario. 4.- En todo caso apartado del documento contractual que obligue al cliente a contratar Seguros con esta entidad vinculados a su préstamo hipotecario. En Burgos a .. de septiembre de 2011 |
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hola sicariobueno2, entiendo que esa carta de reclamación que me pones aquí, ya la has enviado tu también. Te han contestado a la reclamación?? si es así, que te han dicho?? Gracias por la ayuda!! |
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No , yo no he reclamado a este Banco por este motivo. Esto es una reclamacion tipo, muy básica , a la que te deben de responder a los puntos expuestos, que son los inprescindibles para cualquier hipotecado, además te curas en salud para otros sustos que puedas tener en el futuro, para que no te saquen SWAPS, CLIPS, esta reclamación es como pasar el antivirus a tu hipoteca. Creo que lo tienes muy claro si no dice nada en la Escritura y tampoco en la Oferta Vinculante, que parece ser no la tienes en tu poder, lo tienes ganado, suerte,... |
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