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Antiguo 02-abr-2009, 15:28
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Hola compañeros. Soy nuevo en esto de hacer la renta con un piso de por medio asi que mu duda es sobre que necesita extactamente para presentar en hacienda para que no tenga que estar para arriba y abajo buscando papeles. La hipoteca la firmé en febrero de 2008.
Gracias y saludos


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Antiguo 02-abr-2009, 17:48
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Iniciado por tidus333 Ver Mensaje
Hola compañeros. Soy nuevo en esto de hacer la renta con un piso de por medio asi que mu duda es sobre que necesita extactamente para presentar en hacienda para que no tenga que estar para arriba y abajo buscando papeles. La hipoteca la firmé en febrero de 2008.
Gracias y saludos
Deberás de aportar el montante que has pagado de capital e intereses de la hipoteca,ésto te lo tiene que mandar tu Banco cada año para saber las cantidades,auque son fáciles de calcular.

Además al haberte comprado el piso el año pasado podrás desgravar los gastos que tuviste en la constitución de la hipoteca y de compraventa,gastos que deberás de justificar con la facturas que te habrá mandado la Gestoría.

Saludos.
__________________

Marditos Roedores

Última edición por Gonzalo; 02-abr-2009 a las 17:51


  #3 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 09:26
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Hola,

Referente a la Renta 2009, tengo varias dudas.

El contrato de compraventa de la casa la firmó solo mi novio porque yo todavía no me había decidido, después se hizo un anexo con la promotora para que ya me pusieran en escrituras. El caso que las letras mensuales durante 18 meses, han estado saliendo de la cuenta comun de los dos (figuramos los dos como titulares). Mi pregunta es ¿tengo derecho de desgravarme de esto? Es que no lo tengo nada claro. También metí en diciembre dinero a la cuenta ahorro vivienda (9000€) , por lo que me desgravaré por esta parte.
Otra pregunta, mi pareja tiene un piso ya, él se podría desgravar por la nueva casa? O solo en caso de que nos empadronemos y la tenga como vivienda habitual?
La verdad que con esto estoy bastante perdidilla. Os estaría muy agradecida si me pudierais ayudar.

Saludos,
__________________

Keka


  #4 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 10:59
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Vamos por partes, lo primero es que la renta en la que estamos es la del 2008, la del 2009 es el año que viene, ya estamos arreglando las cuentas del años pasado.

En cuanto la última pregunta, yo entiendo que no te puedes desgravar por los pagos a cuenta, ya que no figurabas en el contrato. Aunque lo consultaría con un asesor fiscal por si acaso, de todas formas si ingresaste 9000 euros en una cuenta vivienda entiendo que tampoco tienes margen para desgravarte más.

En cuanto lo de tu novio no se exactamente como será, pero lo que si es seguro es que para poder desgravar hay que estar empadronado en la casa por la que te quieres desgravar, y el plazo para empadronarte es un año tras la firma de las escrituras.


  #5 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:08
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Perdón; ¿cuándo podemos empadronarnos en una casa nueva?después de un año?.Yo compré el 28 de Marzo del 2008. Ahora me puedo empadronar para que sea vivienda habitual??pero no vale con presentar recibos del agua, luz,gas etc....así demuestras que vives ahí no??


  #6 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:22
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Iniciado por fiore73 Ver Mensaje
Perdón; ¿cuándo podemos empadronarnos en una casa nueva?después de un año?.Yo compré el 28 de Marzo del 2008. Ahora me puedo empadronar para que sea vivienda habitual??pero no vale con presentar recibos del agua, luz,gas etc....así demuestras que vives ahí no??
Desde que firmas las escrituras te puedes empadronar, ahora bien, la ley tributaria no te exige que estés empadronado de forma clara (al final pego el texto), pero desde luego es una prueba irrefutable para demostrar que es nuestra vivienda habitual, los recibos de luz, agua, etc pueden estar a tu nombre y tener la vivienda alquilada o simplemente ser una segunda vivienda. Por ello para no tener problemas con hacienda lo más efectivo es empadronarse antes del año. Además de no tener ningún sentido no estar empadronado donde uno vive, a no ser que quieras desgravarte en fraude por una vivienda que no es tu "vivienda habitual"

Cita:
1. Concepto de vivienda habitual.

El TRIRPF (RD 3/2004) establece los requisitos y condiciones necesarios para que una vivienda tenga a efectos fiscales el carácter de habitual y así, se establece que:

* Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

* Se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas.

* Para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.


  #7 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:26
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O sea que si me empadrono ahora en este ejercicio aparece como vivienda habitual...no??lo de no empadronarte es muy habitual, ya que vives en la misma ciudad , te cambias de piso y no vas al Ayto a cambiar tu domicilio....pero iré estos día ...gracias


  #8 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:34
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Cita:
Iniciado por fiore73 Ver Mensaje
O sea que si me empadrono ahora en este ejercicio aparece como vivienda habitual...no??lo de no empadronarte es muy habitual, ya que vives en la misma ciudad , te cambias de piso y no vas al Ayto a cambiar tu domicilio....pero iré estos día ...gracias
Tu te puedes empadronar cuando quieras y puedes declarar la vivienda con habitual cuando quieras también, pero si esa fecha difiere en más de un año de la fecha de firma de la escritura, hacienda puede preguntar, y eso nunca es agradable.Y tendrás que convencerlos de que empezaste a vivir antes de pasado un año de la firma.

De todas formas no conozco casos de inspecciones por este motivo, pero con la ley en la mano si te pilla un inspector con ganas de fiesta puede darte un disgusto.


  #9 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:40
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Pero yo creo que demostrar que tu vives ahí es fácil, no?? en mi caso yo vendí y me fuí a vivir a mi nueva casa, con altas en contratos, comunidad etc....
Vivo con mi mujer y creo que es fácil y demostrable, no creo que hacienda vaya a esos casos... hay miles.... de todas formas me iré a empadronar la semana que viene.Saludos


  #10 (permalink)  
Antiguo 03-abr-2009, 11:49
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Yo he aprendido a no dar nada por fácil en estos temas. Porque aunque al final lo demuestres, los tramites, la inseguridad y el mal rato no te lo quita nadie. Como bien dices es raro que hacienda se meta, pero por si acaso mejor tenerlo todo bien atado. Porque solo necesitas inspector tocape***as.

Aún así no creo que debas ponerte nervioso, lo normal es que no pase nada, más si ya te vas a empadronar. El problema es que esto no te lo cuenta nadie, yo porque tengo un familiar asesor fiscal que me lo advirtió, por que sino...


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