Foros de Economía, hipotecas y bolsa > Euribor > Hipoteca multidivisa > ¿Te puedes llevar la HMD a otro banco sin pasar por €?
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  #1 (permalink)  
Antiguo 26-oct-2008, 12:28
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Buenas,

Expongo esto, pues me comentan que en el DB no incluyen en la escritura la clausula terrorífica, y yo actualmente la tengo en el 20% (superada ampliamente ahora mismo).
Me gustaría saber si es posible hacer una subrogación a otra entidad llevándote tu deuda en yenes, sin pasar a €.


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Antiguo 26-oct-2008, 13:54
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Hola gesnazo:

A mi se me ha pasado esta situacion, yo estoy de db y son lamentables opererando y mañana ire a bankinter a ver que me dicen si me paso a euros, pero automaticamente me pasan a yenes seria una gran jugada creo porque tendria mi misma deuda en yenes pero en vez de 158 a 11x. No se es una jugada que se me ocurrio ayer pero cambiandome a euros un mes y volver a yenes. pero a ver cambiandote de banco????

ya se que en db solo puedes cambiarte cada 3 meses pero creo que poniendote duro se podria conseguir cosas no lo se supongo que es la desesperacion

saludos


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Antiguo 26-oct-2008, 14:20
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Iniciado por gesnazo Ver Mensaje
Buenas,

Expongo esto, pues me comentan que en el DB no incluyen en la escritura la clausula terrorífica, y yo actualmente la tengo en el 20% (superada ampliamente ahora mismo).
Me gustaría saber si es posible hacer una subrogación a otra entidad llevándote tu deuda en yenes, sin pasar a €.
Solo un apunte Gesnazo:

Yo estuve estudiando una subrogación de una hipoteca convencional y el banco me explicó lo siguiente: En las hipotecas convencionales, lo normal es que te subrogues a otro banco porque te ofrece mejores condiciones. Cuando el nuevo banco solicita la subrogación al antiguo (entidad en la que actualmente tengas la hipoteca), éste dispone de un plazo de 15 días para igualar las condiciones que te ofrece el nuevo. En el caso de igualarlas, tienes la obligación de quedarte en tu banco actual, ya que no se justifica el cambio. Además, la solicitud de la subrogación se hace por via notarial y el nuevo banco te obliga a pagar los gastos de notario.

No sé cómo será en HMD (pues las condiciones son más complejas) y a distintos tipos de cambio (como propones), pero en cualquier caso deberías asegurarte de que las nuevas condiciones son mejores que las anteriores, y no sé si tal y como esté el mercado, alguna entidad mejorará las que ahora tengas. Si las consigues y tu banco actual te las iguala, no conseguirás lo que pretendes, pero por lo menos habrás mejorado tus condiciones actuales.


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Antiguo 26-oct-2008, 14:23
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Por cierto, algunos bancos (ej: Barclays) no admiten HMD procedentes de otras entidades. Te obligan a cancelar y abrir una nueva, no subrogar.


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Antiguo 26-oct-2008, 14:34
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Otro apunte: Tu deuda actual en yenes el nuevo banco por lo menos la pasaría a euros para calcular el porcentaje sobre el valor de tasación y el porcentaje de endeudamiento.


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  #6 (permalink)  
Antiguo 26-oct-2008, 14:59
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Me habeis contestado varios, pero creo que no me he explicado bien. El tema es coger mi deuda en yenes y llevarla a otro banco, pero por supuesto tendría que mantenerse el cambio inicial, pues sino seria un chanchullo espectacular.
Sería esta como ahora, pero sin la dichosa clausula. Las condiciones pueden variar claro (diferenciales, ....)


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Antiguo 26-oct-2008, 15:31
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Gesnazo: yo tambien tengo la dichosa clausula en el BP.Este lunes la voy a poner en manos de un abogado para recurrirla. Creo que es la mejor opción tal y como están las cosas.


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  #8 (permalink)  
Antiguo 26-oct-2008, 18:02
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Si se pudiese, me iba a bankinter o barclays mañana mismo. Son lo que tienen más experiencia. No le di importancia en su momento al cambio de divisa, que siendo trimestral te puedes tirar un trimestre entero sin dormir por las noches. Ya de momento que sólo te dejen cambiar 1 vez al trimestre da para pensar mal. Además, no han movido ficha con el tema de la cláusula, y otras entidades ya están empezando a mostrarse nerviosos. Te dicen que no te pongas nervioso y aguantes, y en cambio ellos sí demuestran nerviosismo. Paradójico.
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A la deriva, sin rumbo ni control


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  #9 (permalink)  
Antiguo 26-oct-2008, 19:26
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En varios hilos se ha planteado el salir a €/entrar otra vez en JPY al nuevo valor, o el asumir una segunda hipoteca para promediar los cambios de entrada.

Francamente, no le veo el aspecto práctico...

Si salimos ahora, lo hacemos al cambio actual. Tenemos una deuda en JPY y nos debemos de olvidar del cambio al que en su día entramos. Palmando, claro. Ejemplo.

HMD de 100.000 €, entrada a 160. Deuda, 16.000.000 de yenes. Cambiamos ahora a €:
16.000.000 / 120 = 133.333.33 € de deuda.

Nos llevamos la HMD a otra entidad (Si podemos) y

133.333,33 x 120 (sin comisiones, sin fixin, sin ná de ná) = 16.000.000 de JPY. La verdad, no lo veo.

Lo mismo con una ampliación de hipoteca. Del cambio de entrada en la primera ya nos podemos olvidar (si no es para evaluar ganancias/pérdidas), Lo que debemos ya son yenes, que tendremos que pagar al cambio que se tercie.

Si suscribimos una segunda hipoteca (si nos la aprueban), entraremos a un nuevo valor.

Hipoteca "1" 100.000 €; cambio de entrada, 160, deuda 16.000.000 de yenes.
Hipoteca "2";30.000 €; cambio de entrada, 120; deuda 3.600.000 de yenes.

Total de la deuda: 19.600.000 de yenes. Cambio medio 19.600.000 / 130.000 = 150,77.

¿Vale la pena?


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  #10 (permalink)  
Antiguo 26-oct-2008, 19:48
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Iniciado por Nikitonipongo Ver Mensaje
Gesnazo: yo tambien tengo la dichosa clausula en el BP.Este lunes la voy a poner en manos de un abogado para recurrirla. Creo que es la mejor opción tal y como están las cosas.
Ya nos contaras, yo voy a hacer lo mismo,


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