Foros de Economía, hipotecas y bolsa > Euribor > Hipoteca multidivisa > Margin call en los hipotecados del yen
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  #1 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:00
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Pues eso: a alguien le ha llamado el banco para cubrir posiciones? Por favor que lo cuente porque tenemos el yen a 136, quien entro a 165 como estaba tan solo hace unos meses ha tenido que recibir ya "el toque" por no cubrir el activo subyacente el valor de la deuda en euros. Experiencias ya, queremos saber!


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  #2 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:17
Avatar de QUINTO
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Iniciado por luis Ver Mensaje
Pues eso: a alguien le ha llamado el banco para cubrir posiciones? Por favor que lo cuente porque tenemos el yen a 136, quien entro a 165 como estaba tan solo hace unos meses ha tenido que recibir ya "el toque" por no cubrir el activo subyacente el valor de la deuda en euros. Experiencias ya, queremos saber!
Yo entré a 168 y puedo decir que no me ha llamdo nadie ni he recibido ningún email ni nada por el estilo y como bien dices ya he superado ese 10 %, tengo que decir que aún estoy a la espera de recibir la escritura para encontrar esa maldita claúsula de la que tanto oigo hablar.

Espero no tener q decir lo contrario más adelante.
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  #3 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:20
Avatar de Miguel
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Luis, yo entre en 167 y efectivamente si ayer palmaba 30.000€ hoy palmo 40.000€. Veras que hay varios hilos abiertos sobre la famosa clausula, donde de momento a nadie lo han llamado a filas, llevo 2 meses superandola y no tengo noticias del banco. Por otra parte seria contradictorio que un banco que tiene una previsión del €/Y a 165 dentro de unos meses te llame para que le regales dinero....
Si echas un vistazo a los otros hilos sobre el mmismo tema veras mas opiniones...


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  #4 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:20
Avatar de Robert
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Hola, yo entré a 170 en Junio y no ha llamado nadie.


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  #5 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:25
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si vas pagando dudo que llamen. En cualqueir caso no entiendo esas clausulas con un 10%

yo tengo un 25%


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  #6 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:31
Avatar de Robert
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La mía es de 20% en el Santander, pero hay que tener en cuenta que una cosa es exceder el 20% del capital prestado y la otra ir el 20% por encima del valor de tasación.
En mi caso pedí el 48% de la tasación, con lo que tienen garantía para rato (bueno a este paso no mucho).


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  #7 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 17:52
Avatar de Krupier
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Este comentario está también en el hilo de "siguiendo al yen", y es por si os sirve de consuelo...
Ahora mismo excedo mi deuda en un 22%, cuando mi cláusula es del 5%, y mi deuda en contravalor en euros ha aumentado en 50.000 lereles. (De momento no me han llamado de la oficina, y espero por mi bien que no lo hagan, ya que no tengo tanto cash para reducir la deuda en euros, así que a encomendarse a san Pancracio....!!!
Menos mal que compré yenes a buen precio hasta Junio del 2009. Espero que de aquí a entonces amaine el temporal.
Lo importante es tener la mente despejada y pensar que esto es cíclico y ahora toca uno chungo chungo.


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  #8 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 18:17
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Si el problema no es tanto q te pidan dinero para cubrir la posicion, es que te cambien directamente a euros (aplicandote las comisiones de cambio y el fixing por supuesto) y que te dejen debiendo mas de lo que vale la casa.
Yo veo eso una posiblilidad bastante probable puesto que las casas estan bajando de precio y los bancos no quieren exponerse a ningun riesgo.
Que vais a hacer cuando esto pase ?


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  #9 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 18:55
Avatar de trapaga
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analizemos estas clausulas o margin call o como quieras llamarlas.

segun estan redactadas, incurren, en su propia redaccion, en contradicciones.

por ponerte el ejemplo de la mia:

La sustitución de la divisa utilizada no supondrá, en ningún caso, la elevación del importe del préstamo, ni reducción del riesgo en vigor, salvo en caso de amortización, cualquiera que sea la causa, incluida la variación del tipo de cambio........

........de manera que el contravalor en euros o pesetas del capital pendiente de amortizar fuera superior en un 10% al importe de la responsabilidad hipotecaria que por principal corresponde, la prestataria deberá realizar una amortización extraordinaria de capital por el importe en que se cuantifique el referido exceso. En caso de que dicha amortización extraordinaria no se lleve a cabo en el plazo de dos meses contados desde la fecha en el exceso se produzca, e1 Banco estará facultado para llevar a cabo la sustitución de la divisa con tratada por euros.

como veis, la segunda parte contradice la primera. si no pagas el "exceso" POR EL CONTRAVALOR EN EUROS ( es decir variacion del tipo de cambio), te paso a euros ( que es lo maximo que podrian hacer, si sigues pagando no podrian quitarte lo hipotecado, solo que te elevarian el principal y la cuota mensual ), que sera un valor superior al importe del prestamo y que no se puede aumentar, cualquiera que sea la causa, INCLUYENDO LA VARIACION DEL TIPO DE CAMBIO.

por no decir, que tu hipoteca es en YENES, no en EUROS. El préstamo inicialmente queda formalizado en YENES JAPONESES.

por lo tanto, mientras cumplas con tu mensualidad......

saludos


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  #10 (permalink)  
Antiguo 06-oct-2008, 21:20
Avatar de Charman
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Iniciado por trapaga Ver Mensaje
analizemos estas clausulas o margin call o como quieras llamarlas.

segun estan redactadas, incurren, en su propia redaccion, en contradicciones.

por ponerte el ejemplo de la mia:

La sustitución de la divisa utilizada no supondrá, en ningún caso, la elevación del importe del préstamo, ni reducción del riesgo en vigor, salvo en caso de amortización, cualquiera que sea la causa, incluida la variación del tipo de cambio........

........de manera que el contravalor en euros o pesetas del capital pendiente de amortizar fuera superior en un 10% al importe de la responsabilidad hipotecaria que por principal corresponde, la prestataria deberá realizar una amortización extraordinaria de capital por el importe en que se cuantifique el referido exceso. En caso de que dicha amortización extraordinaria no se lleve a cabo en el plazo de dos meses contados desde la fecha en el exceso se produzca, e1 Banco estará facultado para llevar a cabo la sustitución de la divisa con tratada por euros.

como veis, la segunda parte contradice la primera. si no pagas el "exceso" POR EL CONTRAVALOR EN EUROS ( es decir variacion del tipo de cambio), te paso a euros ( que es lo maximo que podrian hacer, si sigues pagando no podrian quitarte lo hipotecado, solo que te elevarian el principal y la cuota mensual ), que sera un valor superior al importe del prestamo y que no se puede aumentar, cualquiera que sea la causa, INCLUYENDO LA VARIACION DEL TIPO DE CAMBIO.

por no decir, que tu hipoteca es en YENES, no en EUROS. El préstamo inicialmente queda formalizado en YENES JAPONESES.

por lo tanto, mientras cumplas con tu mensualidad......

saludos
Jajajaja... el corta pega del notario en la escritura es de libro

No obstante y en serio con el tema... mientras estes al corriente del pago de tus cuotas, estad tranquilos que no van a "asfixiar" al cliente que les da liquidez todos los meses...
__________________

Hoy, mas que ayer... "Sufridores del Yen"


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