Se puede reclamar por una hipoteca del año 1997 ?

Serigol

New Member
Hola, mi suegro firmó una hipoteca en 1997 con el BBVA a 15 años, aunque consiguió cancelarla en el 2005. Esta hipoteca iba referenciada al MIBOR, y se establecía que el tipo de interés resultante mínimo sería del 5% y el máximo del 18%.
Durante los 8 años que estuvo pagando la hipoteca siempre pagó el 5%, porque el MIBOR en esos años siempre estuvo por debajo del 5%.
En el año 98 fue del 4,004; en el 99 fue del 3,069; en el 2000 del 3,949; en el 2001 del 4,574; en el 2002 fue del 3,483; en el 2003 del 2,705; en el 2004 del 2,216; y en el 2005 del 2,312.
La pregunta es si se puede reclamar lo que ha pagado de más al tener ese tipo mínimo del 5% (a mi entender, una cláusula suelo como las de ahora) siendo la hipoteca de esos años, muchas gracias.
 

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenas tardes,

La nulidad de la cláusula es imprescriptible, pero puede ser que haya un sector de la doctrina que considere que tienes 4 años como plazo de caducidad, los cuales se computarían desde la última cuota de hipoteca pagada o desde la cancelación, por lo que en ese caso se tendría por caducada la acción para reclamar.

Saludos,

Federico Wahnich
 
N

No Registrado

Guest
No hay que olvidarse del diferencial, que en aquellos años estaba bastante alto y es muy fácil que el tipo de interés resultante superase el mínimo del 5 %
 
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