Resumen Real DL 1/2017 en materia de cláusulas suelo

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenas tardes,

Adjunto un breve resumen sobre el Decreto-Ley 1/2017 de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo:

1) Los bancos tienen un plazo de un mes para implantar el sistema de reclamación y comunicar a sus clientes la existencia de dicho proceso.
2) Una vez que los clientes hagan uso de este mecanismo, el banco tiene plena libertad para responder al cliente con lo que considere oportuno. Puede ofrecerle una liquidación de los intereses indebidamente cobrados incrementados con el interés legal del dinero o puede denegar su petición alegando lo que considere oportuno. Por consiguiente el banco no esta obligado a devolver el dinero.
3) El proceso dura como máximo 3 meses y se puede acabar antes, si el banco rechaza la solicitud del consumidor.
4) Tema costas no cambia nada. El proceso es voluntario para el consumidor que puede acudir a la vía judicial como hasta ahora. Si el consumidor realizar el requerimiento previo fuera de este proceso y el banco se allana acabara condenado en costas en virtud del artículo 395 párrafo segundo de la Ley de Enjuiciamiento Civil.


Saludos,

Federico Wahnich
 

petrescu

New Member
Muy buenas, y antes de nada agradecer tu ayuda Federico.

Siguiendo tus consejos en el año 2015 presente la plantilla que tenias para la anulación de la clausula suelo y petición de la devolución y de echo tuvo efecto ya que la clausula suelo en el año 2016 me la han quitado, durante el 215 pacte un suelo del 2% y eso fue lo que pague.

Pero ahora quiero hacer la carta para la reclamación de todo lo pagado de más por la clausula suelo gracias al fallo del supremo europeo y quería saber si tienes o hay alguna plantilla que pueda utilizar para poder presentársela al banco y así poder ir adelantando el tiempo que hay que esperar a que el banco responda.
 

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenas tardes,

Es la misma carta, pero adaptándola a la fecha en la que te eliminaron el suelo (en vez de solicitar su inmediata eliminación). Pero debes mantener todo el cuerpo relativo a la solicitud de declaración de nulidad, ya que el banco te la ha eliminado, pero no ha reconocido que tu cláusula suelo sea nula y para conseguir al devolución de cantidades necesitas que se declare su nulidad.

Saludos


Federico Wahnich
 
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