Cabria demandar???

david1898

New Member
Hola, en mi caso no se me aplica la clausula desde 2013, ya que por sentencia del Juzgado de lo Mercantil n° 1 de Córdoba, Procedimiento Verbal 266/10-M, después ratificada por el TS, se condenaba a Cajasur a eliminarla de las condiciones generales de contratación, yo no era parte de la demanda, que fue iniciada por AUSBANC . Entiendo que yo podría demandar y no se me aplicaría el principio de cosa juzgada ya que no formaba parte de los sujetos demandantes ????
Gracias!
 

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenos días David,

Efectivamente, como no era parte en ese proceso tendrás que solicitar la nulidad en tu caso concreto de tu cláusula suelo así como la restitución de todos los intereses indebidamente cobrados atendiendo a la STJUE de 21/12/16.

Saludos,

Federico Wahnich
 

Jose176

New Member
Buenas tardes a tod@s,

intento seguir muy detenidamente este magnífico blog que tanto nos está ayudando a la mayoría y que agradezco muchísimo.
Tenía una consulta y no se si alguien me podrá responder...
Hace apenas 1 mes presente reclamación por clausula suelo en dos préstamos hipotecarios en una oficina de Caixabank.
La hipoteca inicial fue una subrogación de las condiciones pactadas entre el promotor de la obra al que le adquirí la vivienda en 2005, que contenía un suelo del 3%, en su momento fue con Caixa Girona, entidad adquirida en 2010 por Caixabank, y yo sin ningún tipo de negociacón ni explicación de las condiciones, solo era el diferencial del euribor que ellos ofrecieron, +0'75, y el tiempo, 30a...
...si te gustaba el piso era lo que habia
Cuando me entregaron el piso en 2005 al cabo de unos 8 meses me separé y me quede con la vivienda y el préstamo inicial e hice una disolución del condominio y tuve que pedir una segunda hipoteca para devolver el dinero que mi expareja dio de entrada, más lo que costaba todos los gastos de formalización de ese nuevo préstamo.
El asunto es que Caixabank me contesto ayer mismo por la Linea Abierta, web de Caixabank, que me deniegan la devolución del importe de la clausula suelo del préstamo inicial, 132', pero que aceptan devolverme el 'pequeño', 33', que hice unos meses después, y lo que quería saber es si puedo aceptar el reembolso del que me han aceptado devolver y a la vez demandarlos por el que me han denegado o va todo si o todo no?
Ellos en las cartas, en dos comunicaciones distintas, me deniegan uno y me aceptan otro pero no hay un documento donde me 'obliguen' a renunciar al segundo sino acepto la resolución negativa del primero...
almenos no en su comunicación vía web y desconozco si luego en la entidad es un si o un no a todo y si a alguien ya le ha pasado...¿?
Me resulta raro, entiendo que devolverme el primero sería muchísimo más importe, e igual piensan que así me conformaré?
Peró no se como actuar, si ir a la oficina y aceptar el reembolso y demandar, y que luego si me lo aceptan cuando haya juicio digan que ya me resarcieron, o decir que no, que o todo o demanda y que luego el juez me diga que hombre!
...si ya le devolvian una parte...
no se que tengo que hacer
Gracias y disculpen por tanto rollo.
les agradezco la/s respuesta/s

Un saludo
 

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenos días,


Lo normal hubiera sido dar la misma respuesta en ambos casos o en el peor de los casos aceptar la devolución del primer préstamo y denegar la segunda hipoteca basándose en que ya sabías lo que era el suelo.
Puedes aceptar el acuerdo de la devolución de la pequeña y reclamar por la grande que te ha sido denegada.

Saludos,

Federico Wahnich

PS Me había pasado por alto esta pregunta, disculpa.
 
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