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Antiguo 12-may-2010, 18:30
leya leya está desconectado
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Te copio la consulta realizada a traves de la pagina web de la Agencia Tributaria y la respuesta que esta dá ( lo siento pero no sé como poner links ).


TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL

SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN

REFERENCIA: 126890-PRIMAS DE SEGUROS


PREGUNTA:
¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?

RESPUESTA:
Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.

NORMATIVA: Artículo 68 .1.1º. A Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
INFORME de la D.G.T., de 17 de Marzo de 2000


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