Se habla últimamente mucho de los contratos a tiempo parcial, pero realmente, ¿en qué consisten?
El Servicio Público de Empleo Estatal los define como
El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Puede concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada.
En uno de los intentos del Gobierno por disminuir el paro, se incluyó en el Acuerdo Económico y Social que firmaron en febrero Ejecutivo, patronal y sindicatos, una medida que exime a las empresas de abonar cuotas a la Seguridad Social durante 12 meses por los parados que contraten a tiempo parcial si son menores de 30 años o llevan más de uno buscando empleo. La bonificación es del 100% para empresas con una plantilla inferior a 250 trabajadores y del 75% para las que superan ese número.
¿Por qué en España no tenemos muy claro esto de la contratación a tiempo parcial?