Twitter: @euribor_com_es



¿Quiénes no podrán suscribir ni confirmar el borrador de declaración?

  • Los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad, en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España.
  • Los contribuyentes que tengan partidas negativas pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores.
  • Los contribuyentes que pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
  • Los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.

No hay comentarios

Aún no hay comentarios en este artículo.

Deja tu comentario...